TERMINOS Y CONDICIONES DE LA ENTREGA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA GENERADA POR LA UNIDAD EJECUTORA MAGAP-PRAT, PROGRAMA SIGTIERRAS


ANTECEDENTES:


    1. Mediante Acuerdo Ministerial No. 170, publicado en la Edición Especial del Suplemento del Registro Oficial No. 162-A, de 29 de junio de 2011, el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca expidió y puso en vigencia el Manual Operativo del PROGRAMA SIGTIERRAS, por el cual se establecen los objetivos, funciones, atribuciones y estructura orgánica funcional, controles y niveles de supervisión para la ejecución del Contrato de Préstamo BID 2461/OC-EC.


    1. La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, faculta a las instituciones como la Unidad Ejecutora MAGAP-PRAT, a entregar información pública que hubieren generado o que se encontrare en su poder.


    1. Mediante Resolución 001 de 5 de julio de 2010, publicada en el R.O. No. 269 de 1 de septiembre de 2010, reformada y dada a conocer con Oficio Nro. CONAGE-2013-0025-OF, el Consejo Nacional de Geoinformática –CONAGE- aprobó las Políticas Nacionales de Información Geoespacial, con el fin de garantizar la generación, procesamiento, disponibilidad, intercambio, actualización, difusión y uso de información geoespacial, generada a nivel nacional.


    1. Las normas 2.3, 3.2, 4.5, 4.9 y 4.10 de la Política Nacional de Información Geoespacial disponen que: 2.3 Las instituciones u organismos generadores de información geoespacial, deben mantener un registro de la entrega, para fines estadísticos.”; “3.2 Todas las instituciones custodias de información pública deben garantizar el acceso a la información salvo que esta sea declarada secreta, reservada y confidencial.”; 4.5 Se prohíbe la venta, arrendamiento y comercialización o cualquier otra forma conocida o por conocerse de transferencia de la propiedad intelectual, incluso como parte de otros servicios de la información geográfica de carácter público. Se prohíbe la redistribución de los datos e información pública vía Internet, excepto al Sistema Nacional de Información o salvo expresa autorización del generador y/o propietario de la información.”; “4.9 Las Instituciones y organismos públicos titulares de los derechos de propiedad de productos o aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o cuyo desarrollo haya sido objeto de contratación, deben ponerlas a disposición de cualquier organismo del sector público, sin contraprestación y sin necesidad de convenio, guardando las restricciones de uso que se establezcan por parte del propietario de la información”; “4.10 Para fines académicos y de investigación, la información geoespacial será otorgada de manera gratuita, siempre que se canalice a través de la institución patrocinadora”.


DESTINO Y CONDICIONES DE USO:

    1. Que la información se entrega a título gratuito, por lo que la Unidad Ejecutora MAGAP-PRAT no requerirá una contraprestación. Sin embargo, los costos de reproducción, logística e implementos de grabación serán de cuenta del usuario.


    1. Que el uso de la información entregada es de carácter libre y gratuito, siempre que se mencione su origen y titularidad y que su uso no tenga fines comerciales o de lucro. La Unidad Ejecutora MAGAP-PRAT no se responsabiliza por productos generados a partir de la información entregada, ni por el uso indebido, ilegal o inmoral que se diere a la información entregada o que atenten contra la seguridad nacional, reservándose el ejercicio de las acciones que la Ley le concede en caso de incumplimiento de las restricciones establecidas en este registro. Asimismo, se aclara que la información entregada no constituye un producto final, puesto que cumplida la producción debe ser consolidada, pudiendo variar uno o más de sus aspectos. La Unidad Ejecutora MAGAP-PRAT no se responsabiliza por los efectos derivados del cambio en la información entregada, ni de productos que se deriven de éstos.


    1. Que el usuario se compromete a reconocer la fuente respectiva y señalar las principales características de la información. Con tal fin se deberá nombrar como fuente al: “Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; Proyecto Sistema Nacional de Información y Gestión de Tierras Rurales e Infraestructura Tecnológica –SIGTIERRAS" cuando se utilice la información en publicaciones y diferentes medios, caso contrario se ejercerán las acciones administrativas y/o legales pertinentes en defensa de los derechos que representa.


    1. Que la información que se entrega, no tiene el carácter de secreta, reservada y confidencial.


    1. Que la comercialización y distribución de la información publicada y/o entregada queda prohibida en virtud que constituye un bien del Estado. Por tanto se prohíbe su venta, donación, cesión bajo sub-licencia, arrendamiento, préstamo público, comercialización o cualquier otra forma conocida o por conocerse de transferencia de la propiedad, incluso como parte de otros servicios de la información geográfica de carácter público, así como también, se prohíbe la redistribución de los datos e información pública vía internet exceptuando al Sistema Nacional de Información de la SENPLADES.


    1. La información digital entregada queda bajo custodia y responsabilidad del usuario, de conformidad con la normativa pública y administrativa, y la que consta en este instrumento.